Código de ética

OBJETIVO
El código de ética que aquí se presenta, tiene por objetivo ser una guía
práctica del ser y deber ser de los periodistas que colaboran en la
organización de El Madrazo. Se trata de un decálogo que es el resultado de
la recopilación de experiencias de diversos códigos éticos de índole nacional e
internacional. Su observancia es imperativa.

CÓDIGO ÉTICO
1. El compromiso del periodista es el de servir a la sociedad a la cual se debe, por
lo tanto, trabaja y se esfuerza para que esa sociedad sea mejor.

2. La misión del periodista es, en una actitud franca de respeto, encontrar y
develar la verdad.

3. La libertad de informar es inatacable e innegociable. Es una libertad que se
ejerce con cuidado, pero sin que esa precaución pueda ser motivo de censura.

4. La información en periodismo se entiende como bien social y no como un
producto, lo que significa que el periodista comparte la responsabilidad de la
información transmitida y es, por lo tanto, corresponsable con el medio, ante el
público de lo que se publica o transmite.

5. Las relaciones de los periodistas con el poder son delgadas líneas que se
cruzan muy a menudo. Mantener una sana distancia, para no comprometer el
pensamiento ni su función social, es un principio básico del comportamiento
periodístico.

6. El secreto profesional es un derecho del periodista, es un deber que garantiza
la confidencialidad de las fuentes de información. Tal deber profesional podrá
ceder excepcionalmente en el supuesto de que conste fehacientemente que la
fuente ha falseado de manera consciente la información o cuando el revelar la
fuente sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a las personas.

7. El periodista tiene el deber y la obligación de informar sólo sobre hechos de
los cuales conozca su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones
esenciales, así como a no suprimir informaciones esenciales y no publicar
material informativo falso, engañoso o deformado. Respetará y hará respetar los
derechos de autor que se derivan de toda actividad creativa.

8. Firmar su información es un derecho de los periodistas. Sin embargo, no están
obligados a hacerlo cuando haya sufrido alteraciones de fondo y que no sean
resultado de un acuerdo previo con su editor. También rechazan firmar, a
solicitud o por voluntad propia, boletines o comunicados de prensa, así como
información que ponga en riesgo su vida, sin embargo, en esto último debe
entender que el instinto de conservación tiene que subordinarse al instinto del
bien profesional.

9. Tiene el deber de evitar la publicación de nombres de víctimas que sean
menores de edad, o de delitos como la violación, así como evitar la publicación
de nombres de personas a menos que hayan sido procesadas por un juez.

10. El periodista debe evitar que se facilite la discriminación por sexo, religión o
raza.